2022
Una empresa deberá pagar 3.600 euros por incumplir una promesa de empleo
Faltar al compromiso de contratar a alguien en el último momento puede tener consecuencias para la compañía. Así lo ha determinado el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid en una sentencia, en la que ha condenado a la empresa, que ofreció empleo a una mujer y que después se echó atrás, a pagarle una indemnización de 3.600 euros.
La trabajadora tras recibir la oferta oficial para incorporarse a su nuevo empleo abandonó voluntariamente el que era su puesto de trabajo en ese momento en otra empresa. Sin embargo, apenas un día antes de la fecha fijada para comenzar a trabajar en la nueva compañía, ésta le comunicó que finalmente no iban a contratarla porque habían recibido malas referencias suyas.
En opinión del tribunal, la oferta de empleo fue formal y en firme. Un acuerdo válido de obligado cumplimiento, que incluía todas las condiciones laborales del puesto y la fecha de inicio de la prestación de servicios, y que debe ser calificado de precontrato. De tal manera que, cuando la empresa informó a la trabajadora de que no iba a contratarla incumplió dicho precontrato. Un incumplimiento que fue el origen de los daños y perjuicios que sufrió la trabajadora que había causado baja voluntaria en su anterior empleo, y por tanto, no tuvo ingresos (ni salariales ni prestación por desempleo) hasta que finalmente consiguió otro trabajo 71 días más tarde.
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