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Llegó a un acuerdo con la empresa para su despido, y después la demandó ante los tribunales por discriminación
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha desestimado las pretensiones del trabajador con respecto a su despido. Ello, confirmado el tribunal que la extinción del puesto de trabajo fue consensuada entre el empleado y la empresa, por lo que, pese a hacerse efectiva estando de incapacidad temporal, no puede considerarse un despido por razones discriminatorias.
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«La empresa y el trabajador acordaron simular un despido disciplinario», expone el fallo del TSXG.
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En el recurso, alegaba [el trabajador] que, pese a que sí había existido una «negociación para explorar una salida pactada», él firmó «no conforme, tanto en la carta de despido como en el finiquito entregado».
Del mismo modo, aseguraba que los documentos del caso no permitían concluir la existencia de un negocio simulado, y que tampoco existió una «baja voluntaria del trabajador», dado que no se ha demostrado «una declaración de voluntad clara, consciente e inequívoca».
«Sostiene que su enfermedad fue determinante de la problemática», alegaba [el trabajador].
Alegaciones que rechazaba la empresa, que aseguraba que no existía un despido, sino «un acuerdo entre las partes a los efectos de poner fin a la relación laboral».
Un caso en el que el TSXG, partiendo del relato histórico contenido en la sentencia de instancia, valora que la relación laboral finalizó «tras poner de manifiesto el trabajo su deseo de abandonar la empresa y llevarse a cabo un proceso negociador».
Valoración que lleva al tribunal a desestimar el recurso. Sin costas.
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