Qué trabajadores tienen derecho a jornada intensiva: esto es lo que aparece en el BOE
19.06.2025
El ET no reconoce el derecho de un trabajador a tener una jornada intensiva, para conocer el dato es preciso acudir al convenio colectivo que aplique a la empresa en la que el trabajador presta sus servicios.
La empresa no vulnera el derecho a la protección de datos de una trabajadora por enviar la carta de despido al comité de empresa
16.06.2025
La Audiencia Provincial de Burgos confirma que compartir información laboral con órganos colegiados no vulnera los derechos de protección de datos de los empleados, siempre y cuando se haga siguiendo la legislación vigente y con una finalidad legítima.
Es ilegal obligar al trabajador en excedencia a solicitar la reincorporación con una antelación de treinta días a que finalice la misma
11.06.2025
Los convenios no pueden ir en detrimento de los derechos de los trabajadores, en particular, en cuanto al derecho a la excedencia, como es la pérdida del derecho a la reincorporación por el establecimiento de plazos de preaviso no previstos en el ET.
Cuando volver al trabajo tras una baja médica acaba en despido procedente
09.06.2025
El TSJE de Extremadura ha dado la razón a una empresa al considerar procedente el despido de un trabajador por ausencias injustificadas. Rechaza cualquier vulneración de derechos fundamentales y refuerza los límites entre las bajas médicas, el disfrute de vacaciones y las obligaciones laborales.
Conceden el teletrabajo a una profesora con inmunodeficiencia que no puede trabajar presencial en centros escolares
04.06.2025
La sentencia aclara que la condición de la docente no implica una incapacidad total para todos los puestos de trabajo y, por ello, la obligación del empleador es adaptar su puesto a sus condiciones, incluyendo la posibilidad de un cambio de puesto si fuera factible.
El Supremo valida la vigilancia mediante detective como prueba para el despido disciplinario de un delegado de personal por uso indebido del crédito horario
02.06.2025
El Supremo destacó que la empresa actuó sobre la base de «fundadas sospechas» y que el seguimiento tuvo lugar en un marco temporal limitado, lo que en su opinión no representó una vulneración de derechos fundamentales.