Marco laboral
El Supremo permite a los dos padres cobrar a la vez el complemento a la pensión por cuidar de los hijos
El Tribunal Supremo (TS) permite que tanto el hombre como la mujer perciban a la par el complemento a la pensión por el cuidado de los hijos. El alto tribunal zanja una de las principales dudas sobre este polémico plus y aclara que si un progenitor ya tiene reconocido este complemento a la pensión y después lo solicita el otro progenitor, la Seguridad Social no debe quitar esta ayuda al primer padre (sea hombre o mujer) que lo tuviera reconocido, sino concedérsela también al segundo.
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La sentencia indica que el derecho al complemento debe reconocerse prescindiendo del sexo de quien lo recibe. "Sería paradójico e ilógico que un beneficio nacido para compensar la situación desfavorable sufrida por muchas mujeres acabara siéndole denegado a una de ellas con el argumento de que ya lo está percibiendo el progenitor varón", cuestiona el fallo.
El complemento a la pensión (ya sea por jubilación, incapacidad permanente o viudedad) es un plus de 39,5 euros al mes por hijo, hasta un máximo de cuatro, que echó a andar el 1 de enero de 2016 solo para las mujeres, con el objetivo de poder corregir que tengan una prestación menor por el hecho de haber renunciado a la vida profesional por cuidar de la familia. Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) determinó en 2019 que este complemento discriminaba al hombre.
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