2013
Un solo empleado puede impugnar un despido colectivo
Una de las incógnitas que genera la reforma laboral del pasado año se encuentra en si es posible o no que los trabajadores afectados por un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) impugnen de forma individual la decisión extintiva de la empresa, atendiendo al proceso que describe el artículo 124 de la Ley de la Jurisdicción Social (LRJS) para los despidos colectivos por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción o derivadas de fuerza mayor.
A esta cuestión da respuesta una reciente sentencia, que permite la intervención en el proceso a algunos empleados afectados por un ERE a pesar de que la ley no prevé su intervención en la impugnación de despidos colectivos. Se trata de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, con fecha de 26 de septiembre de 2012, en la que se interpreta extensivamente el procedimiento que establece la LRJS.
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Lea la sentencia completa del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, con fecha de
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