2017
El despido de un empleado de ETT se indemniza con 20 días
A la espera de que el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) aclare las dudas sembradas tras la sentencia de 14 de septiembre de 2014, en el caso de Diego Porras, que dictaminó que debía igualarse la indemnización por despido de los temporales y de los indefinidos, los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) siguen dictando sentencias que ofrecen interpretaciones jurisprudenciales muy dispares -y, en muchos casos, contradictorias-.
La última de ellas proviene del TSJ del País Vasco, que ha extendido la aplicación de la indemnización de 20 días por año a los empleados contratados a través de una empresa de trabajo temporal (ETT). Lo llamativo de esta resolución es que se inspira en el criterio del caso de Diego Porras y lo aplica a los empleados de las ETT, a pesar de no regirse por la misma Directiva.
La confusión en torno a la indemnización por despido de los temporales es total. Y, por el momento, ni el Tribunal Supremo (TS) ni el legislador se atreven a dar una solución que pueda ser tumbada por la Justicia europea. Además, el reconocimiento del presidente del TJUE, Koen Lenaerts, de que hubo errores de comprensión en el litigio que dio lugar a la sentencia de Diego Porras avanza un nuevo -pero impredecible- cambio de criterio.
Este incierto panorama, no obstante, no está frenando los pronunciamientos de los TSJ.
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