2024
El Supremo ya analiza la legalidad de indemnizar el despido por encima de los 33 días de salario
El Tribunal Supremo (TS) ya analiza la legalidad de la indemnización adicional por despido improcedente que cada vez más jueces otorgan a los trabajadores, amparados en el artículo 24 de la Carta Social Europea que defiende una compensación adecuada o que repare el daño.
El Alto Tribunal, en un auto del 21 de mayo, ha estimado parcialmente el recurso de una compañía contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que obligó a la empresa a indemnizar a una trabajadora por lucro cesante más allá de los 33 días de salario por año trabajado que establece el Estatuto de los Trabajadores (ET). Este fallo del TSJC del 30 de enero de 2023 ahora recurrido fue muy mediático al ser uno de los primeros en incrementar la indemnización en base a la Carta Social Europea, al considerar que la cifra pagada por el empresario era "insignificante", no compensaba el daño producido ni tampoco disuadía a la empresa de repetir su comportamiento.
Concretamente, la compañía despidió a la trabajadora por causas productivas el 27 de marzo de 2020 (en estado de alarma por la pandemia), dándole una indemnización de 941 euros. Tres días después anunció un ERTE para la plantilla. El TSJC condenó a la empresa a una indemnización adicional superior a los 33 días por año trabajado por lucro cesante, ya que la empleada podría haber obtenido mejores condiciones si se la hubiera incluido en el ERTE.
El Supremo, en un auto del que fue ponente la magistrada María Luz García Paredes, admite el análisis de la legalidad de la indemnización adicional por lucro cesante.
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