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2023

El Supremo libera a los bancos de resarcir a los empleados por traslados

El Tribunal Supremo libera a los bancos de tener que compensar económicamente a sus empleados cuando son trasladados a otros centros de trabajo por necesidades del servicio. El Alto Tribunal, en una sentencia del 16 de mayo, se ajusta al Convenio Colectivo de Bancos, del que dice que es claro y no deja lugar a dudas, para determinar que para los traslados que supongan una distancia superior a los 25 kilómetros y con ello un cambio de residencia, no habrá compensación económica más allá que la de cubrir el coste de este cambio de residencia como la mudanza. Sin embargo, si no implica cambio de vivienda, el fallo de la ponente y magistrada María Luz García Paredes señala que la empresa "está liberada de cualquier actuación que pudiera paliar las dificultades que pudieran surgir".

En lo que respecta a desplazamientos de empleados inferiores a los 25 kilómetros, de nuevo el Supremo y atendiendo al convenio, señala que la compañía no tiene el deber de abonar los gastos de transporte o desplazamiento por ese cambio de centro.

Lea la noticia completa en El Economista, 25-06-2023

Consulte la sentencia completa de la Sección 1ª de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (16-05-2023)

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03.03.2011
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18.01.2012
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18.01.2012
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28.08.2014
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27.08.2014
Externalización del área de Recursos Humanos

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28.08.2014
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Constatar que no existen errores en la aplicación de la legislación laboral resulta de gran importancia para las empresas a fin de evitar graves problemas.

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28.08.2014
Apoyo en la externalización de actividades de la empresa

Asesoramos y redactamos los documentos legales necesarios para que las empresas formalicen el outsourcing de áreas de su propia actividad.

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05.01.2017
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