2024
TS: La empresa no puede suprimir unilateralmente la salida anticipada del trabajo ciertos días de navidad
En su STS, rec. 113/2021, de 22 de noviembre de 2023, ECLI:ES:TS:2023:5236, el alto tribunal analiza si la supresión unilateral por parte de una entidad bancaria de la finalización de la jornada a las 12:30 horas los días 24 y 31 de diciembre durante más de 20 años supone una modificación sustancial de condiciones de trabajo (MSCT) de una condición más beneficiosa.
En el caso, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, ha reconocido el derecho de los trabajadores a finalizar su jornada laboral a las 12:30 horas los días 24 y 31 de diciembre. Esta práctica, llevada a cabo durante más de dos décadas, es considerada por el tribunal como una condición más beneficiosa, formando parte de los derechos adquiridos por los trabajadores.
El tribunal desestimó los argumentos presentados por la entidad bancaria, que intentaba modificar esta condición sin seguir el procedimiento establecido en el artículo 41 del ET. La decisión se basó en la evidencia de que la práctica era conocida, admitida y consentida por la dirección del banco, constituyendo una voluntad tácita de conceder este derecho a los trabajadores.
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