2021
El Supremo confirma un año de prisión para un empresario que accedió en reiteradas ocasiones al correo electrónico particular de un trabajador
El Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de un año de prisión por un delito de descubrimiento y revelación de secretos, con la atenuante de dilaciones indebidas, a un empresario que, en la búsqueda de pruebas que acreditaran la deslealtad con la que fundamentar una demanda de despido, accedió en reiteradas ocasiones al correo electrónico particular del trabajador.
Algunos de los documentos así obtenidos fueron presentados en la demanda de despido formulada ante la jurisdicción social.
El Pleno de la Sala de lo Penal ha desestimado, por unanimidad, el recurso de casación que interpuso contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que en octubre de 2019 desestimó su recurso de apelación y confirmó íntegramente la resolución del Juzgado de lo Penal 5 de Madrid que le impuso esta pena en junio de ese año.
La sentencia del Supremo es la número 328/2021, de 22 abril, con ponencia del magistrado Manuel Marchena, el presidente de la Sala.
El condenado alegaba en su recurso la posible existencia de legítima defensa, así como la inevitabilidad de ese acceso por la configuración técnica del programa de gestión del correo electrónico. Ambas alegaciones han sido rechazadas por el Pleno.
Los magistrados explican que el empresario «no ejerció de forma legítima ningún derecho».
«Ni la compartida utilización de las claves corporativas, ni la definición en el convenio colectivo, como infracción disciplinaria grave, de la utilización de los medios productivos puestos a disposición del trabajador, son suficientes para legitimar la grave intromisión del empleador en la cuenta particular» del empleado, concluye el Supremo.
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