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2022

El Supremo avala los despidos sin motivo en pandemia pese a que el Gobierno los prohibió

El Tribunal Supremo ha dado un mazazo a uno de los elementos fundamentales del paraguas de protección social articulado por el Gobierno con motivo de la pandemia. El organismo ha dictado una sentencia este jueves en la que descarta que los despidos sin causa válida llevados a cabo en pandemia, donde estaba vigente la «prohibición de despedir» decretada por el Consejo de ministros, puedan considerarse nulos de manera automática.

Mediante este fallo, el Supremo estima el recurso presentado contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que declaraba la nulidad de los despidos por entender que estaban prohibidos e incurrían en fraude. Sin embargo, ahora se abre la puerta a la revisión de estos procedimientos agravados durante la vigencia de la legislación formulada para sobrevolar la crisis sanitaria.

El problema radica en que el Real Decreto-Ley 9/2020 que se aprobó al poco de declararse la pandemia del Covid y en el que se apostaba por los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), dispuso que la fuerza mayor y las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP) en las que se amparaban las medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada no se podían entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido.

La sentencia del Supremo concluye que despedir desconociendo lo previsto en dicha norma no debe calificarse como despido nulo, salvo que exista algún dato específico que así lo justifique, como la vulneración de un derecho fundamental, la elusión de las normas procedimentales sobre despido colectivo o la concurrencia de una circunstancia subjetiva generadora de especial tutela.

Para ello, el Alto Tribunal argumenta que tal decreto no contiene «una verdadera prohibición» al despido ni las consecuencias de que haya un despido fraudulento comportan su nulidad, salvo que exista previsión normativa expresa. Del mismo modo, entiende que tampoco acudir al ERTE aparece como «una verdadera obligación».

Lea la noticia completa en ABC, 20-10-2022

Consulte la sentencia completa de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (19-10-2022)

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