2018
El Supremo avala un accidente 'in itinere', pese a un desvío
El Tribunal Supremo establece que el accidente de tráfico sufrido en un autobús de vuelta a casa tras el trabajo es in itinere -es decir, lo considera accidente laboral-, aunque el afectado haya realizado previamente unas pequeñas compras personales. El Supremo aprecia así que, en estos casos, "la conducta normal del trabajador responde a patrones usuales de convivencia o comportamiento del común de las gentes".
La sentencia, de 17 de abril, reconoce así este accidente laboral pese a que la ley establece que, para calificarse como in itinere, el trabajador no debe haber interrumpido o modificado el trayecto por causas ajenas al trabajo. Sin embargo, para ello recuerda que hay elementos flexibiladores establecidos por la jurisprudencia. "No ha de excluirse la cualidad de accidente de trabajo por la posibilidad de alguna gestión intermedia razonable", apunta el fallo.
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