2017
El TUE reconoce el derecho de los países de la UE a impedir despidos colectivos
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado este miércoles que los países del bloque comunitario pueden, en determinadas circunstancias, impedir la ejecución de planes despido colectivo "en aras de la protección de los trabajadores o el empleo".
No obstante, la justicia europea añade que las leyes nacionales que lo regulen deben perseguir "la conciliación y el justo equilibrio" entre esta protección a los trabajadores y la libertad de establecimiento y de empresa de los empresarios.
Asimismo, los criterios legales que las autoridades deben aplicar para oponerse a un plan de despido colectivo "no pueden estar formulados de manera general e imprecisa".
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En su sentencia, el TUE determina que la normativa europea no se opone, en principio, a un régimen nacional que confiere a una autoridad pública la facultad de impedir despidos colectivos, salvo que este mismo régimen prive a la directiva comunitaria de su efecto útil.
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