2015
La reclamación penal veta el recurso a la vía laboral
Si el trabajador no opta por reservarse la posibilidad de exigir la responsabilidad por daños y perjuicios derivada de un accidente de trabajo por la jurisdicción civil, mientras se ventila un proceso penal -que resulta condenatorio-, no podrá después interponer una demanda laboral. Lo indica así el Supremo, en fallo de 22 de diciembre de 2014, en el que indica que lo resuelto por la sentencia penal condenatoria "es vinculante (cosa juzgada) para la jurisdicción social".
Si desea efectuar alguna consulta profesional en materia de derecho laboral relacionada con empresas, altos directivos o autónomos puede pedir cita en el teléfono 934 196 212 o en esta sección