2020
La Justicia de la UE establece que el permiso retribuido que coincide con vacaciones no se compensa
El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha establecido que el permiso retribuido que coincida con periodos vacacionales y libranzas no se compensa. Así lo estipula en una sentencia que ha hecho pública hoy, que sigue las recomendaciones del abogado general de la UE Henrik Saugmandsgaard Øe, que adelantó EXPANSIÓN el pasado 7 de febrero.
Esta sentencia, que considera que el Derecho de la UE no se opone a una regulación de las normativas nacionales y convenios colectivos que no prevea que se concedan permisos retribuidos cuando las circunstancias que justifican su concesión acaezcan en días en los que no se trabaja, se desmarca de la jurisprudencia del TJUE respecto a las bajas que acaecen en periodos vacacionales, sobre las que ha sentenciado que deben compensarse.
El TJUE dicta que corresponde a los Estados regular este asunto y apunta que el objetivo de estos permisos retribuidos es cubrir al trabajador cuando las circunstancias que los originan concurren en tiempo de trabajo.
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