2014
El Supremo establece que los trabajadores afectados por un ERE temporal no pueden ser despedidos con los mismos argumentos
El Tribunal Supremo ha dictaminado que las empresas inmersas en un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) temporal no pueden despedir a los trabajadores afectados por esta medida acogiéndose a las mismas razones económicas que motivaron la aplicación del expediente, porque constituye un abuso de derecho
El Alto Tribunal ha declarado nulo el despido de tres trabajadores cuyos contratos fueron anulados durante un ERE iniciado en febrero de 2009 por la empresa demandada, que luego les despidió en diciembre de 2010 alegando razones económicas y productivas.
La sentencia unifica doctrina y anula los despidos estableciendo que, si bien en principio es factible admitir que durante un ERE las empresas puedan despedir a trabajadores, deben darse el requisito de que “el motivo de despido sea por una causa distinta y sobrevenida de la invocada en dicho ERE”.
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Lea la de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (12-3-2014)
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