2017
Los jueces obligan a comunicar al sindicato las faltas graves
La Justicia obliga a las empresas a comunicar a las secciones sindicales las faltas muy graves cometidas por los empleados. La Audiencia Nacional ha establecido, en una sentencia de 21 de septiembre de 2017, que "no facilitar al sindicato reclamante y resto de sindicatos el tipo de sanción impuesta a los empleados sancionados por falta muy grave es contraria a Derecho y conculca los artículos 28 y 37.1 de la Constitución".
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Según la Audiencia Nacional, el artículo 64.4 del Estatuto de los Trabajadores dispone que el comité de empresa tiene derecho a ser informado de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. "La literalidad del precepto no deja lugar a dudas sobre su interpretación, de manera que, si el empresario está obligado a informar a los comités de empresa de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves, la información exigida consiste precisamente en notificar las sanciones impuestas, sin que dicha obligación se colme mediante la información de la comisión de faltas muy graves", añade.
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