2013
Los tribunales avalan el uso de programas “espía” en el ordenador como prueba para justificar despidos
En la sentencia los magistrados reconocen que el Hotel Nazaríes de Granada les hizo firmar a sus empleados un documento en el que les alertaba que quedaba "prohibido utilizar los recursos del sistema de información" a los que tuvieran acceso "para uso privado o para cualquier otra finalidad diferente de las estrictamente laborales", una imposición hecha por la empresa "no caprichosamente", sino por sus "sospechas fundadas".
Por ello, procedió a instalar un programa 'espía' que, cada diez segundos, captaba y archivaba el número de páginas de internet consultadas por los trabajadores, y, teniendo en cuenta los resultados, procedió al despido de tres trabajadoras, dos auxiliares administrativas y una oficial de reservas.
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La Sala señala que no puede surgir en este asunto un derecho del trabajador a la intimidad, porque admitirlo equivaldría a que éste "podría crear, a su voluntad y libre albedrío, un reducto de intimidad, utilizando un medio cuya propiedad no le pertenece y en cuyo uso está sujeto a las instrucciones del empresario".
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