2021
Declarado nulo un traslado como represalia ante quejas en redes sociales sobre las medidas COVID aplicadas por la empresa
El TSJ Asturias considera nula -al atentar contra la libertad de expresión- la modificación de condiciones de trabajo consistente en un cambio de centro de trabajo tras manifestaciones de un trabajador en Facebook expresando quejas relacionadas con medidas COVID como la falta de entrega de EPIS por parte de su empresa.
(…)
En concreto, el trabajador había publicado en la red social Facebook acompañadas de fotos y noticas de actualidad declaraciones como:
"Casta empresarial española asturiana, día 1 crisis covid estado de alarma dar epis de protección a su personal no menospreciando al que los solicita. Enviar personal innecesario a su domicilio no. Cometer personal a ere
erte si cuando se trata de ganar dinero casta empresarial igual a (emoticonos de vómito)".
"cada día de confinamiento que veo a los trabajadores de este país en sus puestos de trabajo sin protección adecuada la empresa asturiana me produce un profundo y visceral ASCO. Eso si las cartas grandilocuentes, lecciones de moralidad sí, pero desde casa. Claro. Siempre hubo héroes y miserables. Cierra intervención más arcadas (añadiendo emoticono)".
"mascarillas guantes y gafas precio total de venta al público 6 euros, no se si entendéis por donde voy". Acompaña dicho comentario a la noticia dada por el periódico nueva España "DUPONT activa
el protocolo por coronavirus tras el positivo de un trabajador.".
"me deja perplejo que las empresuchas de mierda sigan enviando comunicaciones a sus trabajadores indicando que son colectivo bajo de riesgo. Incluso cuando hay contagios en su centro. Un día empresarios de mierda tenéis que decirnos cómo se contagiaron los 12,00 compatriotas y más de 5500 muertos".
La modificación de las condiciones de trabajo consistente en un cambio de centro de trabajo es consecuencia del ejercicio de un derecho fundamental.
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