2018
¿Puede un convenio retribuir las horas extra a un precio inferior al de las ordinarias?
La Audiencia Nacional declara nulo el precepto del convenio colectivo que establece que el precio de la hora extraordinaria sea inferior a la hora ordinaria. La retribución de las horas extra es una norma de derecho necesario de la que no pueden disponer los negociadores del convenio.
(…)
La Audiencia Nacional (AN), en sentencia de 7 de diciembre de 2017 (EDJ 267158) recuerda la jurisprudencia del TS, que establece que este precepto es una norma legal de derecho necesario, donde la voluntad negociadora colectiva o individual, cumple una función de complementariedad por expresa remisión de la misma y con el límite que establece, que es un mínimo de derecho necesario no susceptible de vulneración en caso alguno. Es decir, el precio mínimo de la hora extraordinaria resulta indisponible para la negociación colectiva, que en este supuesto se encuentra en un plano inferior al de las disposiciones legales y reglamentarias, exigiendo que lo que se pacte en el convenio lo sea dentro del respecto a las leyes. (por todas, la sentencia del TS de 21 de febrero de 2007, rec. 36/2006).
Si desea efectuar alguna consulta profesional en materia de derecho laboral relacionada con empresas, altos directivos o autónomos puede pedir cita en el teléfono 934 196 212 o en esta sección