2023
La sentencia contra BBVA por su control horario abre la puerta a una oleada de demandas judiciales
La Audiencia Nacional ha dado la razón parcialmente a los sindicatos en su demanda contra BBVA por el registro de jornada, al concluir este tribunal que los jefes no pueden autorizar a posteriori las horas que los trabajadores registran como extraordinarias. La sentencia, la primera en este sentido, abre la puerta a un fuerte aumento de la litigiosidad en España con motivo del control horario, según advierten a EL MUNDO distintos despachos especializados en derecho laboral.
"Estimamos parcialmente la demanda interpuesta por CGT, a la que se han adherido ELA, CIG y SEC, contra BBVA y en consecuencia declaramos que la empresa con relación al sistema de registro de jornada implementado debe eliminar la autorización a posteriori del superior para que la hora autodeclarada sea la que realmente conste en el registro como de trabajo efectivo; y que en la información que se proporciona a la Representación Legal de los Trabajadores por parte de la empresa respecto del registro de jornada ha de facilitar la identidad (nombre y apellidos), provincia y población del trabajador al que corresponde el apunte", concluye la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional en la sentencia 57/2022.
Fuentes de BBVA confirman a este medio que han recurrido la sentencia ante el Tribunal Supremo, especialmente porque consideran que tener que dar la identificación personal del empleado junto al registro horario a la representación de los trabajadores "vulnera la ley de protección de datos y no es necesario para su labor".
"La sentencia precisa que la autorización del responsable sea previa y no a posteriori como hacemos ahora en BBVA. En cualquier caso, sea antes o después el empleado tiene que tener la autorización del responsable", apuntan, en defensa de su sistema de control horario por el cual los superiores tienen que dar su visto bueno a que los empleados hagan horas extraordinarias.
(…)
La Audiencia insta a la entidad a cambiar su sistema de registro de jornada, de forma que cuando los empleados tengan intención de seguir trabajando más allá de las ocho horas reglamentarias, tengan que pedir autorización a su superior y éste tenga que autorizarles antes de que se queden.
Aunque la sentencia sirve de acicate para que se presenten otras demandas, como prevén los expertos consultados, todos coinciden en que cada caso se evaluará puntualmente porque depende de la casuística de cada empresa.
Si desea efectuar alguna consulta profesional en materia de derecho laboral relacionada con empresas, altos directivos o autónomos puede pedir cita en el teléfono 934 196 212 o en esta sección