2023
La empresa puede utilizar un ciberataque para justificar un despido objetivo
La Audiencia Nacional ha estimado la solicitud de una mercantil de suspender 654 contratos de trabajo del total de su plantilla tras sufrir un ciberataque que supuso el apagado completo de la red para frenar la expansión del virus, cesando así la actividad de todos trabajadores que solicita suspender laboralmente hasta que se haya conseguido reestablecer totalmente su actividad.
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La Dirección General de Trabajo dio trámite de audiencia a los sindicatos e interesó informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. La Directora General de Trabajo dictó resolución declarando que no constatada la existencia de fuerza mayor en el expediente presentado por la empresa, pues, para la autoridad laboral no se trató de un acontecimiento imprevisible e inevitable, por lo que se denegó la solicitud para la suspensión del contrato de trabajo de 654 empleados de la plantilla
No conforme con la resolución administrativa, la empresa presentó demanda contra el Ministerio de Trabajo y Economía Social.
La Audiencia Nacional (AN) ha estimado la demanda de la mercantil tras llegar a la conclusión de que, en el presente caso, el previsible ataque informático resultaba inevitable. Pues, la empresa no tuvo una conducta defectuosa en sus obligaciones preventivas en materia de seguridad informática, por lo que, pese a las adecuadas conductas que se adoptaban, el ataque tuvo lugar.
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