2017
La Justicia europea apunta que el ERE de Bankia no justifica el despido de una embarazada
La protección del puesto de trabajo de las empleadas embarazadas no puede ser vulnerada por el mero hecho de que una empresa acometa un despido colectivo. Así lo ha defendido la Abogado General de la Unión Europea Eleanor Sharpston en el dictamen que antecede al pronunciamiento que deber realizar la Corte de Luxemburgo sobre el caso de una afectada por el ERE aprobado por Bankia en 2013.
(…)
Sharpston sostiene en su escrito que la Directiva europea de maternidad protege a las trabajadoras “durante el período comprendido entre el comienzo de su embarazo y el final del permiso de maternidad”, incluso aunque el empresario no haya sido informado de su estado.
Las excepciones que permiten llevar a cabo un despido de una trabajadora durante este periodo nunca pueden basarse en la situación de embarazo de la misma o por el mero hecho de abordar un Expediente de Regulación de Empleo que afecte a decenas de empleados.
Si desea efectuar alguna consulta profesional en materia de derecho laboral relacionada con empresas, altos directivos o autónomos puede pedir cita en el teléfono 934 196 212 o en esta sección