2012
El juez del concurso, sin capacidad para autorizar los despidos colectivos
La reforma laboral introducida a través del Real Decreto-ley 3/2012, que acaba con la autorización administrativa para dar salida a los despidos colectivos, se traduce en que el juez del concurso no tenga ya "nada que autorizar" cuando éste se consumara antes de la declaración del concurso, dado que éstos se deciden "libremente por el empresario".
Lo aclara una sentencia de la Audiencia Nacional, que se pronuncia sobre el caso de un despido colectivo enmarcado en un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) iniciado tras la reforma laboral de este año, y que se había materializado antes de la declaración del concurso.
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