2023
Incumplimiento del pacto de no competencia postcontractual
El TSJ Madrid condena al trabajador, que prestaba servicios como comercial, a indemnizar a la empresa con 5.000 euros -cantidad inferior a la reclamada- por incumplimiento del pacto de no competencia postcontractual.
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La Sala considera que es erróneo entender que para la aplicación del pacto de no competencia postcontractual es necesario que la empresa demuestre pormenorizadamente las funciones concretas desarrolladas en la nueva entidad, que se acredite una exacta coincidencia en las actividades de una y otra empresa, que se demuestre la existencia de un perjuicio sufrido en términos económicos o que se acredite la culpabilidad del trabajador en la atracción de clientes a la nueva entidad.
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Por tanto, considera vulnerado el pacto ya que resulta evidente que la nueva mercantil compite directamente con la anterior empleadora, dado que el objeto social de ambas es idéntico y el trabajador ejerce las mismas funciones.
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