2017
Exención fiscal de las indemnizaciones percibidas por los altos directivos
La indemnización percibida por el alto directivo como consecuencia de un desistimiento empresarial está exente de tributación hasta el límite de siete días de salario por año trabajado, con el tope de seis mensualidades. Así lo ha declarado una sentencia de la Audiencia Nacional siguiendo la doctrina expresada por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en su sentencia de fecha 22 de abril de 2014.
La Audiencia Nacional concluye en su sentencia que la indemnización satisfecha por la empresa a la alta directiva "con causa en su cese como personal de alta dirección reviste carácter obligatorio hasta el límite de siete días de salario por año de trabajo y con el tope de seis mensualidades y, en cuanto indemnización mínima obligatoria, estaría exenta de tributación en esta cuantía"
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