2023
Enviar WhatsApps fuera de la jornada a los trabajadores no vulnera el derecho a la desconexión
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha considerado que enviar mensajes de WhatsApp por un grupo de trabajo fuera de la jornada laboral cuando hay diferentes horarios no vulnera el derecho a la desconexión. Pues no existía ningún requerimiento empresarial que obligase a responderlos.
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En junio de 2021 [la trabajadora] cogió la baja por incapacidad temporal por trastorno de ansiedad que achacó al trabajo. Por lo que denunció a la empresa al considerar que ésta había vulnerado sus derechos fundamentales por acoso laboral y su derecho a la desconexión digital.
Los trabajadores de la farmacia tenían un grupo de WhatsApp con el nombre de “botica del Prado” que se utilizaba para comentar cuestiones relativas al trabajo, recibir instrucciones por parte del jefe y utilizarlo como foro de dudas.
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El TSXG ha manifestado que no ha quedado acreditada la violación del derecho a la desconexión digital porque la demandante, fuera de su horario laboral, podía no responder y no se ha detectado ningún tipo de sanción o amonestación por no hacerlo.
“En todo caso, el contexto era el funcionamiento de una farmacia por la nueva propiedad donde la demandante era la única que continuaba prestando servicios, por lo que es comprensible que se le realizasen preguntas al poder tener cierto control y conocimiento”.
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