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2022

La empresa que elude declarar un Erte está obligada a pagar los complementos salariales acordados con los trabajadores

El derecho de los trabajadores a la remuneración prevista no puede verse afectado porque el empleador opte por no activar la suspensión de los contratos de trabajo a través de un expediente temporal de regulación de empleo (Erte), según establece el Tribunal Supremo, en sentencia de 19 de mayo de 2022, en la que confirma que Paradores del Estado debe pagar los complementos salariales del periodo de cierre obligatorio en el estado de alarma por el Covid-19.

El ponente, el magistrado Sempere Navarro, argumenta que "puesto que, de manera voluntaria y expresa, Paradores optó por no activar el mecanismo suspensivo de las relaciones laborales es innegable que tampoco puede pretender la aplicación de las consecuencias inherentes a las causas que permiten su puesta en juego".

Explica el magistrado que para que las causas suspensivas del contrato desplieguen sus efectos esenciales, puesto que la suspensión exonera de las obligaciones recíprocas de trabajar y remunerar el trabajo, es necesario que se canalicen según las propias normas.

Lea la noticia completa en El Economista, 03-06-2022

Consulte la sentencia completa de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (19-05-2022)

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28.08.2014
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27.08.2014
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Constatar que no existen errores en la aplicación de la legislación laboral resulta de gran importancia para las empresas a fin de evitar graves problemas.

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28.08.2014
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05.01.2017
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