2020
Los empleados no pueden oponerse a un ERTE porque sea posible teletrabajar
El teletrabajo ha sido una de las fórmulas que más han facilitado la continuidad de la actividad laboral durante la pandemia. Sin embargo, esta no es una medida que pueda solventar los problemas productivos de las compañías. En este sentido, los empleados no pueden oponerse a un ERTE porque la empresa no les haya facilitado esta modalidad de trabajo. Así lo ratifica en una reciente sentencia la Audiencia Nacional, en la que avala el expediente de regulación de empleo solicitado por Idiada Automotive Technology, una empresa de homologación y pruebas de vehículos, para el conjunto de su plantilla (unos dos mil empleados).
El fallo declara que la decisión empresarial está justificada y es proporcional, rechazando así la demanda presentada por la representación sindical de los trabajadores. En ella se denunciaba a la compañía por actuar con mala fe en el proceso negociador al tiempo que se solicitaba la nulidad o improcedencia del ERTE, en su opinión, excesivo. En este sentido, se reprochaba a la patronal no haber implementado medidas de flexibilización para favorecer el teletrabajo de gran parte de la plantilla. En concreto, no haber puestos los medios adecuados ni haber especificado los puestos que permiten esta opción, que deberían quedar desafectados del expediente.
La Sala de lo Social del tribunal, en cambio, concluye que el ERTE adoptado por la compañía era la única solución razonable para superar la crisis por la Covid-19. En su opinión, el teletrabajo es una medida adecuada para frenar la expansión del virus, pero no para ajustar el volumen de la mano de obra durante este periodo a las necesidades productivas.
Si desea efectuar alguna consulta profesional en materia de derecho laboral relacionada con empresas, altos directivos o autónomos puede pedir cita en el teléfono 934 196 212 o en esta sección