2023
Todo lo que autónomos y empresarios deben saber de los contratos a becarios
A partir del 1 de octubre, todos los becarios que estén realizando sus prácticas deberán cotizar. Así lo establece el Real Decreto-ley 2/2023 mediante el cual todas las compañías deberán dar de alta en Seguridad Social a los becarios, independientemente de que sean prácticas remuneradas o no.
Hasta ahora, solo se daba de alta en la Seguridad Social a los becarios que realizaran prácticas remuneradas. Sin embargo, a partir del 1 de octubre eso cambiará y se dará también de alta al alumnado universitario de grados, máster, doctorado, títulos propios de la universidad, diplomas de especialización o de experto o de FP que no cobre por sus prácticas.
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Así, cuando se dé de alta a los becarios, estos cotizarán en Seguridad Social, pero no cotizarán por los conceptos de desempleo, FOGASA o formación profesional. Tampoco realizarán aportaciones al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI).
A través de esta medida, las empresas tendrán un 95% de deducción en las cuotas por contingencias comunes.
Lea la noticia completa en Cinco Días, 23-06-2023
Consulte el texto completo del Real Decreto Ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones
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