2020
¿Tengo derecho a cesta de Navidad si estoy en un ERTE?
Este año, como consecuencia de la pandemia del Covid-19, muchas empresas se han visto obligadas a tramitar expediente de regulación temporal de empleo (ERTE). Aunque algunas ya han retomado la actividad estos meses tras el estado de alarma, las restricciones y la persistencia de la crisis sanitaria ha provocado que muchas otras compañías sigan aún en esta situación de ERTE, que se prolongará más allá del periodo navideño.
Las cosas así, los trabajadores que se encuentren actualmente en dicha situación de ERTE pueden tener la duda de si recibirán este año la tradicional cesta de Navidad que en otras ocasiones hayan percibido durante la época de fiestas en su empresa.
Hay que tener en cuenta que, en un ERTE, el asalariado sigue perteneciendo a la empresa y, por tanto, mantiene el resto de derechos y obligaciones, como puede ser recibir una cesta. No obstante, en una situación como la actual, sí sería posible acordar excepcionalmente su supresión cuando existan razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que así lo justifiquen.
Frente a esta situación, Legálitas explica qué circunstancias se podrían dar y qué derechos entran en juego en ante este asunto.
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A pesar de que se haya reconocido el derecho a la cesta de Navidad a los trabajadores como condición más beneficiosa, hay que tener en cuenta que sí sería posible acordar excepcionalmente su supresión cuando existan razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que así lo justifiquen.
Es decir, por ejemplo, en una situación económica complicada, deducimos que sí sería posible que la empresa en ERTE prescinda de la cesta de Navidad, precisamente porque sus circunstancias no se lo permitan.
Para ello, la empresa habría de acreditar la necesidad y la proporcionalidad de la medida y acudir al procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo, regulado en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.
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