2019
La Audiencia Nacional concluye que los complementos sí computan como salario mínimo interprofesional
Golpe judicial para los sindicatos para la interpretación del nuevo SMI. La Audiencia Nacional ha establecido en una sentencia pionera que el salario mínimo interprofesional engloba conceptos como complementos de convenio o primas salariales, hasta los 12.600 euros anuales en 14 pagas. Esto supone que los trabajadores no tienen derecho a cobrar 12.600 euros fijos más complementos, sino que dichos conceptos vienen ya englobados en el límite legal del SMI, sin que en ningún caso pueda, eso sí, cobrarse menos.
La sentencia supone un nuevo capítulo en la batalla por la interpretación del Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, por el que se fijó el salario mínimo interprofesional para 2019 en 900 euros y 12.600 euros anuales divididos en 14 pagas.
Los sindicatos han realizado su propia campaña para considerar el SMI como una cifra fija, ajena a complementos o pluses. Sin embargo, con esta sentencia se contraria la interpretación propugnada por los sindicatos y queda visto el siguiente asalto para una posible casación en el Supremo para esclarecer de forma definitiva el asunto.
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