2018
¿Es válida la cláusula de extinción por reducción del volumen de trabajo de la empresa cliente?
El Tribunal Supremo desestima el recurso interpuesto por una empresa contra la sentencia del TSJ que estimaba el recurso de una trabajadora que había sido despedida en virtud de una cláusula resolutoria incluida en su contrato de trabajo, declarando la decisión extintiva improcedente.
Supuesto de hecho:
- La trabajadora prestaba servicios para la empresa, como operadora de telefonía, desde diciembre de 2009, mediante dos contratos de obra o servicio determinado.
- En el segundo contrato, la empresa introdujo una cláusula por la que condicionaba la vigencia del contrato, a la vigencia de la contrata de un cliente, pudiendo rescindirse si hubiera una reducción del volumen de trabajo.
- Finalmente, la trabajadora fue despedida en julio de 2013, alegando la empresa como causa de extinción el artículo 49.1.c) ET.
- La trabajadora interpuso demanda ante el Juzgado de lo Social que desestimó sus pretensiones y declaró el despido ajustado a derecho.
- Contra dicha sentencia, la actora interpuso recurso de suplicación ante el TSJ que estimó sus pretensiones declarando el despido improcedente.
- Contra esta sentencia, interpone la representación de la empresa el presente recurso.
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