2023
La sobrecualificación sólo es una ventaja para conseguir un trabajo cuando guarda relación con el puesto
El Tribunal Supremo (TS) ha establecido que la sobrecualificación académica no siempre puede suponer una ventaja a la hora de conseguir un puesto de trabajo, explicando que solo debe ser un factor determinante cuando es un requisito indispensable para el empleo al que se aspira, advirtiendo de que en caso contrario se podría incurrir en un "trato discriminatorio".
La sala de lo contencioso-administrativo del TS ha contestado así a un recurso presentado por un ujier del Congreso de los Diputados, arquitecto de formación, que no consiguió la plaza de encargado de mantenimiento en la Cámara Baja, algo que achacó a que no se había valorado correctamente su titulación académica.
El ujier quedó tercero, con 34,695 puntos frente a los 35,73 del compañero que consiguió el puesto de trabajo. A su juicio, no se tuvo en cuenta que es arquitecto, que trabajó como tal para un ayuntamiento de un municipio de Cuenca y que hizo varios cursos -uno de inspección técnica, otro de cimentación y un último de riesgos laborales-.
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El Supremo rechaza todos estos argumentos asumiendo los esgrimidos por el Congreso de los Diputados. Así, aclara que el hecho de ser arquitecto "no le da derecho, de manera automática, a (...) presumir que esa cualificación académica y profesional lleva necesariamente aparejada una mayor idoneidad para el correcto desempeño de una plaza para la que esa cualificación no es requerida".
"Dicho brevemente, lo que podría denominarse sobrecualificación académica no puede ser un obstáculo para quien la posee, pero tampoco una ventaja adicional que pueda invocarse en cualquier situación", sostiene.
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