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2017

El Supremo rectifica y flexibiliza la negociación de los convenios

El Tribunal Supremo (TS) flexibiliza la negociación de los convenios de empresa.En una sentencia que rompe su tendencia y la de la Audiencia Nacional, mantiene la vigencia de un convenio a pesar de que sólo lo negoció la central, cuando hasta ahora los anulaba porque consideraba que las empresas intentaban imponer en todos los centros de trabajo acuerdos favorables que sólo había rubricado con la central. La sentencia supone un viraje en la doctrina del Supremo, ya que da preeminencia a la conservación de lo pactado aunque no lo hayan rubricado todos los centros, siempre que el resto de centros no se opongan.

El caso atañe a Adaptalia, empresa que presta a terceros en régimen de externalización los servicios de logística, gestión de almacenes, mercancías, clasificación de cartería y paquetería. Adaptalia acordó con el centro de trabajo de Madrid un nuevo convenio colectivo de empresa en octubre de 2015.

Respecto al ámbito territorial, el convenio decía ser de aplicación a todos los trabajadores contratados o adscritos al centro de trabajo de Madrid, incluidos aquellos que deban prestar sus servicios, total o parcialmente, temporal o permanentemente, fuera del centro de trabajo de Madrid o del territorio nacional.

En noviembre de 2015, se constituyeron comisiones negociadoras de convenio colectivo en los centros de Jaén, Murcia, Valencia y Barcelona, aceptándose la adhesión al convenio de Madrid. Este acuerdo, sin embargo, fue impugnado por el sindicato UGT ante la Audiencia Nacional, que lo anuló.

La sentencia de la Audiencia partía de la vulneración del principio de correspondencia porque siendo el firmante sólo el centro de Madrid, no se podía extender su aplicación a trabajadores que debieran prestar sus servicios fuera del centro de trabajo de Madrid o del territorio nacional. La conclusión de la Audiencia Nacional era que desbordó el principio de correspondencia exigido por los artículos 87.1 y 88 del Estatuto de los Trabajadores.

Lea la noticia completa en Expansión, 17-05-2017

Lea la sentencia completa de Sala de lo Social del Tribunal Supremo (23-02-2017)

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