2017
Conceptos retributivos integrados en las vacaciones
La nueva doctrina jurisprudencial dictada por el TS a la vista de la TJUE 22-7-14, asunto Lock, establece que las vacaciones deben retribuirse conforme a la remuneración normal o media calculada en la forma que pueda acordar la negociación colectiva, pero sin que se distorsione el concepto hasta el punto de hacerlo irreconocible. El concepto de remuneración normal o media es un concepto jurídico indeterminado que ofrece una zona de certeza y otra de duda. Por ello, los tribunales deben examinar cada caso concreto para alcanzar una conclusión respetuosa con las prescripciones legales y que a la vez satisfaga la finalidad del efectivo descanso que persigue la figura de las vacaciones retribuidas.
La aplicación de esta doctrina al caso sometido a debate lleva a la AN a declarar que la retribución de las vacaciones se debe integrar con el promedio de lo percibido regular y habitualmente por los trabajadores sin que se puedan exceptuar con carácter general, como se recoge en el convenio, el pago de complementos de actividad, porque la retribución de las vacaciones ha de comprender todos los conceptos salariales obtenidos por el trabajador en la época de actividad.
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