2021
¿Qué indemnizaciones son compatibles en rescisión de contrato de alta dirección?
El Tribunal Supremo (TS) señala que con independencia de la calificación del cese como desistimiento o como despido improcedente la indemnización por preaviso se debe siempre que el cese del alto cargo se considere improcedente y la empresa opte por la rescisión indemnizada del contrato.
EL trabajador prestaba servicios para empresa como director general, en virtud de contrato laboral especial de alta dirección hasta la extinción de su relación laboral como consecuencia de unos hechos que fueron calificados como despido. En el contrato las partes habían incluido una cláusula para el caso de que se produjera su resolución anticipada del contrato, estableciendo una penalización por infracción del plazo de preaviso (3 meses) que consistía en el abono de la parte incumplidora de una cantidad equivalente a la retribución fija percibida por cada año de incumplimiento.
Disconforme con el despido, el trabajador presenta demanda contra el despido que el declarado improcedente en la instancia, condenando a la empresa a abonar al directivo tanto la indemnización por despido como la correspondiente al incumplimiento del deber de preaviso. En suplicación se suprime la condena por falta de preaviso, a entender que esta solo se refiere a los supuestos de desistimiento y disconforme, el trabajador interpone recurso de casación para la unificación de doctrina.
La cuestión debatida consiste en decidir si en una relación laboral especial de alta dirección en la que se ha producido un despido improcedente con condena al pago de la correspondiente indemnización, esta resulta compatible con la derivada de falta de preaviso.
Para resolver la cuestión, el TS, en su sentencia de 11 de mayo de 2021, recuerda que la jurisprudencia del TS ha declarado en repetidas sentencias que la indemnización por falta de preaviso ha de sumarse a la indemnización por la rescisión contractual, cuando habiéndose pactado en el contrato, el empresario procede a la rescisión del mismo tras la declaración de improcedencia del despido.
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