2024
¿Es nulo el despido durante periodo de prueba de trabajador en IT?
Un mes después de iniciar una IT por accidente laboral con estimación de duración larga, un trabajador recibe comunicación de fin del contrato por no superación del periodo de prueba. El trabajador presenta demanda planteando la cuestión de si la resolución del contrato durante el periodo de prueba constituye o no un despido nulo.
El TSJ Galicia recuerda que con la Ley 15/2022 se amplían los supuestos en que una enfermedad puede constituir la base de un comportamiento discriminatorio. La nulidad ya no requiere de una existente o previsible discapacidad, ni que se evidencie una segregación o estigmatización por el tipo de enfermedad padecida. El trabajador queda también protegido ante actuaciones discriminatorias motivadas por la mera constatación de la situación de enfermedad, es decir, que no tienen causa en otra justificación objetiva, razonable y suficientemente probada.
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En el caso en cuestión se desconoce la causa por la que el trabajador no supera el período de prueba, por lo que se concluye que el cese se produce sólo porque estaba en IT, motivo por el cual se declara la existencia de un despido nulo. Aunque no se exige acreditación de la razón para el desistimiento en prueba, esto no impide la exigencia de aportar justificación objetiva y razonable, suficientemente probada, de la medida que ha adoptado y de su proporcionalidad.
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