2018
El empresario puede consultar archivos del ordenador de su trabajador no identificados como privados
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) considera que no hay ninguna violación de la vida privada a un empleado que fue despedido de la empresa francesa SNCF después de que la consulta de su ordenador profesional revelara el almacenamiento de archivos pornográficos y falsos certificados llevados a cabo en beneficio de terceros.
La sentencia, de 22 de febrero de 2018, expone que la legislación francesa contiene un principio destinado a la protección del empresario de poder abrir los archivos comerciales, pero no de forma subrepticia los identificados como personales.
La ponente de la sentencia, la magistrada, Claudia Westerdiek, entiende que dicha consulta "respondió a un propósito legítimo de protección de los derechos del empleador, que legítimamente puede querer asegurarse de que sus empleados utilicen el equipo informático que pone a su disposición de conformidad con sus obligaciones contractuales y la legislación aplicable".
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