2016
Despedido tras ser grabado robando a un compañero de trabajo
La Justicia respalda el despido disciplinario de un empleado que se apropió de 250 euros que un compañero tenía en su coche en el estacionamiento del centro de trabajo.
(…)
La víctima pidió a la empresa que le dejara comprobar las imágenes del circuito de videovigilancia, lo que le permitió obtener los indicios necesarios para constatar que el acusado fue efectivamente la persona que sustrajo el dinero del vehículo.
La reacción del acusado fue alegar que la prueba de vídeo era ilícita por desproporcionada y por vulnerar su derecho a la intimidad. Sin embargo, la sentencia del juzgado de lo social número 3 de Tarragona aplica la reciente doctrina del Tribunal Constitucional acerca de la colocación de cámaras de seguridad por el empresario sin necesidad de consentimiento y considera que, en este caso, se cumplían todos los requisitos necesarios para que la prueba sea aceptada.
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