2018
El TJUE rectifica y dice que no es discriminatorio el cese de interinos sin indemnización
No es discriminatorio cesar a un interino cuyo puesto ha sido ocupado por el titular sin indemnizarle. Esta es la conclusión a la que llega el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en la segunda parte de la sentencia en el caso de Diego Porras hecha pública hoy, en la que el tribunal europeo rectifica su propia doctrina. El tribunal deja abierta la puerta a que, con el fin de evitar abusos en la contratación de interinos, los tribunales nacionales concedan la indemnización prevista en caso de ceses de otros trabajadores temporales, esto es 12 días por año trabajado.
En su primera resolución sobre este asunto, de septiembre de 2016, el TJUE concluía que no reconocer a estos trabajadores ningún tipo de resarcimiento tras varios años trabajando en el puesto de un funcionario era discriminatorio. Esta sentencia tuvo una amplia repercusión, favorable a los derechos de los trabajadores temporales de la Administración, a los que los tribunales labores reconocieron una indemnización de hasta 20 días por año trabajado.
La sentencia de hoy del TJUE se dicta en el marco de una nueva cuestión prejudicial sobre el asunto de Diego Porras, una funcionaria interina que tras 10 años trabajando para el Ministerio de Defensa solicitó su consideración de fija y la indemnización correspondiente. En este caso, es el propio Tribunal Supremo el que plantea el asunto desde otra perspectiva. Recordemos que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en sentencia de octubre de 2016, reconoció a esta interina una indemnización de 20 días en aplicación de la primera sentencia del TJUE, igualando el cese a a un despido objetivo.
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