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2018

Las trabajadoras podrán reclamar el salario perdido por la brecha de género

El Ministerio de Empleo tiene casi listo el borrador de la Ley de Igualdad y Transparencia Retributiva con que pretende dar el jaque definitivo a la brecha salarial en el mercado laboral. El ministerio confía en cerrar pronto un acuerdo para iniciar el trámite parlamentario antes del verano e iniciar la lucha contra la discriminación de la mujer en el mercado laboral. El Ejecutivo prepara un plan integral por la igualdad que vaya desde la contratación hasta la retribución, pasando también por la prevención del acoso en el trabajo.

(…)

El ministerio pretende que la mujer afectada por una discriminación irregular pueda recuperar el salario perdido y equiparar su retribución a la de sus compañeros. De este modo, si la Justicia anula una parte del contrato de trabajo como consecuencia de una discriminación salarial por razón de sexo, la trabajadora tendrá derecho a una retribución correspondiente al grupo, categoría o puesto de trabajo respecto del que haya sufrido la discriminación. De esta forma, podrá recuperar todo el dinero perdido por la brecha salarial y, además, su contrato quedará equiparado al del resto de trabajadores de su categoría.

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Los convenios alcanzados entre empresas y trabajadores tendrán un nuevo papel en la lucha contra la brecha salarial. Es importante tener en cuenta que una buena parte de la brecha es legal, ya que se basa en cláusulas que benefician especialmente a los hombres. Por ejemplo, los complementos salariales por antigüedad favorecen más a los trabajadores porque llevan más tiempo en el mercado laboral y porque realizan carreras profesionales más largas.

(…)

El ministerio obligará a las empresas a ser transparentes con su política salarial para que cualquier trabajadora pueda confirmar que no está sufriendo discriminación salarial. El objetivo es que los representantes de los trabajadores puedan acceder a la información desglosada de las retribuciones. Las empresas deberán informar del salario medio y mediano por sexos de los diferentes grupos, categorías y puestos de trabajo. También tendrán que hacerlo las empresas en las que no se haya constituido una representación de los trabajadores, habitualmente pymes. En estos casos, serán los trabajadores quienes tendrán que solicitarlo por escrito y la información tendrá que ser ofrecida en un periodo de 10 días.

Lea el artículo completo en El Confidencial, 10-04-2018

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