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¿Puede exigirse reconocimiento médico para promoción interna?
El Tribunal Supremo respalda la exigencia de un reconocimiento médico exhaustivo en procesos de promoción interna para puestos que implican riesgos para la seguridad aérea y aeroportuaria. Esta medida, que debe ser proporcional y necesaria para garantizar la seguridad y salud laboral, puede ser requerida por la empresa, incluso si no ha sido aprobada por el Comité de Seguridad y Salud Laboral.
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En el caso en cuestión, se trata de la provisión de puestos especialmente vinculados a la seguridad aeroportuaria. Por tanto, se considera que se reúnen sobradamente los requisitos que justifican la excepción a la voluntariedad, tanto por la potencial afectación a la seguridad del propio trabajador como a la de compañeros y terceros, y por estar amparados en una normativa que regula actividades con riesgos especiales.
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