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Marco laboral

El Supremo obliga a las empresas a actualizar los salarios aunque el convenio esté prorrogado

El Tribunal Supremo (TS) asienta una nueva doctrina al indicar que las empresas deben actualizar los salarios de los trabajadores si así se indica en el convenio colectivo, aunque esté prorrogado. El alto tribunal, en una sentencia del 28 de enero de la que fue ponente el magistrado Ángel Antonio Blasco Pellicer, aclara cómo deben interpretarse las cláusulas de revisión salariales cuando los convenios han caducado y las partes, en vez de negociar uno nuevo o durante la negociación, han decidido prorrogarlo uno o varios años más.

Según el alto tribunal, si el texto establece una revisión salarial y de los distintos conceptos económicos que no está ligada a un año en concreto o a una limitación temporal, ésta debe seguir aplicándose con la prórroga del convenio. Sin embargo, si limita la revisión o subida a uno o varios ejercicios determinados, la actualización no continuará pese a la prórroga.

El Supremo resuelve el litigio entre un sindicato y una patronal de transporte en el que el primero, tras finalizar el convenio colectivo y prorrogarse un año, exigía la actualización salarial fijada en el texto.

Lea la noticia completa en El Economista, 27-02-2025

Consulte la sentencia completa de la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (28-01-2025)

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