2021
El Supremo fija que los planes de igualdad tienen rango de convenio colectivo
El Tribunal Supremo ha acordado que los planes de igualdad deben negociarse en el marco de los convenios colectivos, y la creación de comisiones "ad hoc" para ello están limitadas a casos excepcionales.
En sentencia fechada el pasado 26 de enero, la sala de lo Social rechaza el recurso presentado por la empresa de ingeniería Ayesa contra una resolución de la Audiencia Nacional de diciembre de 2019 por un conflicto colectivo abierto por CCOO.
La empresa trató de mantener vigente un plan de igualdad diseñado en 2010, en cuya redacción no habían intervenido los sindicatos, pero tras celebrarse elecciones sindicales en 2012, los representantes de los trabajadores solicitaron la negociación de uno nuevo.
Ayesa intentó crear para ello una comisión "ad hoc", extremo rechazado por la Audiencia Nacional y ahora por el Tribunal Supremo.
Si desea efectuar alguna consulta profesional en materia de derecho laboral relacionada con empresas, altos directivos o autónomos puede pedir cita en el teléfono 934 196 212 o en esta sección