2019
El Supremo amplía la cobertura del FOGASA a la extinción del contrato por modificación sustancial de condiciones de trabajo
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en la sentencia 364/2019, de 8 de enero del 2019 -y de la que ha sido ponente Rosa María Virolés Piñol– ha desestimado el recurso de casación, para unificación de doctrina, interpuesto por el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) contra una sentencia previa de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de La Rioja, que había dado la razón a un trabajador.
El empleado se dio de baja ante un cambio notable de sus condiciones de trabajo. La empresa, Inalco Aluminios, S.L., en concurso, le debía 12.581,20 euros, por lo que acudió al FOGASA, que, en febrero de 2016, se lo negó.
El fallo del tribunal, formado por los magistrados Fernando Salinas Molina -como presidente-, María Luisa Segoviano Astaburuaga, Antonio V. Sempere Navarro, Sebastian Moralo Gallego y Rosa María Virolés Piñol, desestima el recurso del abogado del Estado, representando al FOGASA, y declara la firmeza de la sentencia del TSJ de la Rioja, en apelación, que fue citada el 16 de marzo de 2017, avalando el reconocimiento de esa prestación.
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Para Pere Vidal, abogado senior de Augusta Abogados y profesor de Derecho Laboral de la Universidad Oberta de Catalunya, “la relevancia de esta sentencia estriba en que el Tribunal Supremo extiende la cobertura del FOGASA a la extinción del contrato a consecuencia de una modificación sustancial de condiciones (supuesto previsto en el artículo 41.3 del Estatuto de los Trabajadores), a pesar de no estar incardinada en ninguna de las causas de extinción que darían lugar a tal cobertura, conforme dispone el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores, que limita dichas indemnizaciones a las extinciones por despido o extinción indemnizada del artículo 50 del propio Estatuto”.
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