2017
El Supremo endurece los requisitos para el despido objetivo en un grupo
La sentencia del Tribunal Supremo subraya la posibilidad de que la condición de empleador la asuma el grupo mercantil con un solo empleado y no con el resto de la plantilla.
El Tribunal Supremo (TS) ha dictado sentencia en unificación de doctrina que tumba el despido objetivo, es decir, por causas económicas, de una trabajadora al no estar acreditada la situación global del grupo mercantil, en concreto, de Lupo Morenete S.L., dedicada a la fabricación y venta de artículos de marroquinería y viaje.
El TS entiende que la empleada prestaba servicios de forma indistinta y simultánea a la sociedad dominante (la que despide y en la que estaba dada de alta) y a una sociedad filial, y al no ver justificadas las pérdidas de la filial, no aprecia causa justificativa para la finalización del contrato, con lo que concluye en la improcedencia del despido objetivo con la consiguiente responsabilidad solidaria de las dos empresas codemandadas.
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