2014
El Supremo fija que los interinos por vacante también tienen derecho a negociar su despido
El Tribunal Supremo acaba de hacer pública su sentencia de 24 de junio de 2014, por la que la Sala de lo Social da un giro a su doctrina y fija que los entes públicos -en este caso, la Universidad Politécnica- no pueden cesar sin más a quienes tengan contratos temporales de trabajo en concepto de interinos por vacante, sino que éstos tienen derecho a que se siga un procedimiento de despido colectivo, incluyendo un periodo de consultas y negociación.
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El núcleo del problema se encuentra en determinar la naturaleza de este tipo de contratos y la causa que les pone fin: se trata de contratos temporales y están sujetos, por tanto, al cumplimiento del término pactado, que en este caso finaliza "cuando la vacante ocupada se cubra tras finalizar el proceso de selección que se convocará para cubrirla", y no en otro caso.
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Lea la de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (24-6-2014)
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