2017
El escrito de preaviso en el despido colectivo
El TS declara que la copia de la carta de despido a los representantes de los trabajadores sólo procede entregarla en los supuestos del despido objetivo individual, y no en los de despido colectivo.
Señala la Sala que la copia del escrito de preaviso -que en realidad alude a la carta de despido- debe entregarse a los representantes de los trabajadores en el supuesto del despido objetivo individual, que es diferente en el caso de despido colectivo, pues es razonable pensar que los representantes legales de los trabajadores posean una información exacta de las extinciones contractuales que dimanan de un despido colectivo.
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