2017
Las riñas durante el almuerzo pueden ser causa de despido
El Tribunal Superior de Justicia de Valencia ha dictado recientemente una sentencia en la que destaca que, si un trabajador ofende a personas vinculadas a la empresa puede llegar a suponer una falta muy grave que justifique su despido, a pesar de que lo haya hecho durante su tiempo para almorzar.
Y es que dicho tiempo, así como otros descansos similares, forman parte de la jornada laboral del trabajador, durante la cual cualquier empleado debe mantener un comportamiento adecuado y respetuoso tanto con sus compañeros, jefes, clientes o cualquier persona relacionada.
En este caso concreto, durante la pausa de trabajo para el almuerzo, el empleado comenzó una discusión sobre política con el chofer de un camión que traía para reparar. La disputa comenzó a adquirir un nivel muy elevado cuando el trabajador insultó al conductor llamándole entre otras cosas "cara de cerdo", "inculto" o "me cago en tu madre", incluso levantando una silla en señal de enfado.
La empresa consideró que ése era un comportamiento completamente intolerable y además no era la primera vez que sucedía, el trabajador ya había sido amonestado con anterioridad por provocar riñas, discusiones y tratar mal a los clientes, compañeros de trabajo, y a sus superiores.
Tras su despido el trabajador acudió a los tribunales. El juzgado de primera instancia declaró que el despido era procedente, fallo que fue recurrido por el empleado despedido. En su recurso alegó que se trataba de un hecho puntual sucedido además durante el almuerzo por lo que no tenía la gravedad requerida como para suponer su despido. Sin embargo, el tribunal valenciano ha rechazado sus argumentos confirmando la procedencia del despido.
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